¿Cómo puedo inscribirme como establecimiento?

Para inscribirse debes rellenar un formulario y adjuntar una fotografía bien del logo de tu establecimiento o del propio local.

Una gestoría de la asociación verificará que tu establecimiento cumple los requisitos para poder participar en la campaña y posteriormente recibirás el alta en el sistema.

Días después te haremos llegar una pegatina para colocar en tu local e identificarlo como participante en la campaña, además de un cartel promocional.

¿Cómo se controlar los bonos gastados?

Cada establecimiento tiene la responsabilidad de controlar el gasto de sus bonos. Para esta función facilitamos un documento que recomendamos usar cada vez que un cliente haga uso del bono.

Comercio Centro no se responsabiliza de una mala gestión del cupón por parte del cliente o del establecimiento.

¿Se puede reembolsar un bono ya comprado?

No. Los bonos no admiten cambios, devoluciones o reembolsos.

¿Cómo cobro los bonos vendidos de mi establecimiento?

Cada compra que se realiza en la presente web, se ingresa en un número de cuenta de la Asociación Comercio Centro.

Cada diez días la asociación realizará una transferencia al establecimiento por la cantidad de bonos vendidos.

¿Qué importe máximo puede recibir mi establecimiento?

Cada establecimiento que venda todos sus bonos recibirá un importe ligeramente inferior a 2.500 €.

Del importe total la entidad bancaria podrá cobrar unos mínimos gastos de gestión del TPV.

¿Puedo comprar bonos para mi propio establecimiento?

No. El objetivo de la campaña es fomentar la venta entre los consumidores.

Existe una comisión de seguimiento con el objetivo de evaluar y evitar intentos de fraude con el desarrollo de la campaña.

En caso de detectar un posible fraude se obligará al comercio a devolver el 100% del importe procedente de la subvención además de una posible sanción.

Tengo un cliente con un bono social. ¿Qué hago?

Existe unos bonos sociales que de forma adicional la Delegación de Dinamización Económica entrega de forma nominal a familias en situación de vulnerabilidad.

Indicaros que los establecimientos recibirán un email con el importe del bono y los datos del titular del mismo así como una numeración anexa.

Al igual que el bono 20×30, en el plazo máximo de 10 días recibiremos el importe del mismo vía transferencia a través de la Asociación Comercio Centro.

¿Los bonos son acumulables?

Esta condición la puede establecer cada establecimiento a su criterio si bien la web solo permitirá realizar una compra por sesión con el objetivo de que cada venta de un bono equivalga a una compra en el establecimiento asociado y que un mismo consumidor no pueda comprar más de 8 tickets entre todas sus compras.

En el caso de los bonos sociales se admite que podrán ser acumulables.

¿Qué requisitos debo cumplir para participar como establecimiento?

1.- Que desarrollen su actividad en los ámbitos comercial, educativo, actividades de hostelería y restauración, turismo y otros adicionales.


2.- Que el número de trabajadores en el momento de la adhesión a la campaña sea igual o inferior a 15.


3.- Que el volumen de negocios anual o balance general anual, referido a 2021, no exceda de 2 millones de euros

4.- Que su actividad principal no esté encuadrada en los siguientes epígrafes:

Epígrafe 969.2 Casinos de juego

Epígrafe 969.3 Juego de bingo

Epígrafe 969.4 Máquinas recreativas y azar

Epígrafe 969.6 Salones recreativos y de juego

Epígrafe 969.7 Otras máquinas automáticas

Todos los epígrafes del Grupo 478 Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos y del Grupo 479 Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos ni en puestos de venta ni en mercadillos.

No obstante, además habrá determinadas actividades que únicamente podrán participar con parte del género o servicios que tienen a la venta, como son:
  • Todos los epígrafes del Grupo 655 Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados, en los que únicamente se admitirán gastos en productos de la tienda.

  • Todos los epígrafes del Grupo 646 Comercio de tabacos y artículos de fumador, en los que únicamente se admitirán en productos de papelería.

  • Epígrafe 652.1 Comercio al por menor de medicamentos y productos farmacéuticos, en los que únicamente se admitirán productos de parafarmacia.

¿Cuántos bonos puede disponer un establecimiento?

Cada establecimiento dispondrá de 50 bonos por un valor de 50 € de los cuáles 30 € pagarán los usuarios y 20 € pagará el Ayuntamiento de Aranjuez.

Además existe un bono nominal de valor 20 € que la Delegación de Dinamización Económica asignarána diferentes familias y cuyas condiciones de uso podrás consultar aquí.

¿Qué ocurre si no se venden todos los bonos?

Finalizada la fecha de caducidad (28 de Febrero de 2023), los bonos no vendidos se darán de baja y el importe de los mismos será transferido de la Asociación Comercio Centro al Ayuntamiento de Aranjuez.

¿Hasta cuándo puedo inscribir mi establecimiento?

Hasta el 20 de Febrero de 2023 si bien la campaña acaba el 28 de Febrero de 2023.

Te aconsejamos inscribirte lo antes posible para poder así promocionar la campaña y conseguir el mayor éxito en las compras.

No tengo local físico. ¿Puedo participar?

Sí, siempre y cuando cumplas los requisitos establecidos y tu actividad se desarrolle en nuestra ciudad como así comprobaremos en el IAE correspondiente.

¿Qué tengo que hacer cuando se presenta un consumidor en mi establecimiento?

Es imprescindible que el consumidor te firme que ha consumido el bono en tu local. Para ello podrás descargarte este modelo de plantilla.

Además deberás guardar una copia de los tickets de compra de cada consumidor para justificar la subvención en el caso de que sean solicitados.

¿Es posible denegar a un cliente el uso de un bono?

No. Una vez te inscribes en la campaña debes aceptar tanto los bonos comprados por los consumidores como los bonos sociales que distribuya el Ayuntamiento.

No puedes denegar la aceptación del bono ni condicionar su aceptación a cualquier condición no contemplada en el programa.

No está permitido poner restricciones de uso del bono a:

  • La compra o consumo de determinados productos o servicios .
  • La compra o consumo en determinadas fechas.
  • La compra o consumo limitada por cualquier condición que pueda disminuir el valor del bono.

El consumo del bono será destinado para todo el catálogo de productos o servicios del establecimiento y en cualquier fecha o condición dentro de los límites establecidos en el programa.