REQUISITOS EMPRESAS BENEFICIARIAS

En el Programa IMPULSARANJUEZ 20X30 se podrán inscribir las microempresas, pequeñas empresas y personas físicas, de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, cualquiera que sea su forma jurídica que ejerzan una actividad económica en el término municipal de Aranjuez. Se considera beneficiarios a las empresas y autónomos que reúnan los siguientes requisitos:

1.- Que desarrollen su actividad en los ámbitos comercial, educativo, actividades de hostelería y restauración, turismo y otros adicionales.

2.- Que el número de trabajadores en el momento de la adhesión a la campaña sea igual o inferior a 15.

3.- Que el volumen de negocios anual o balance general anual, referido a 2021, no exceda de 2 millones de euros

4.- Que su actividad principal no esté encuadrada en los siguientes epígrafes:

Epígrafe 969.2 Casinos de juego

Epígrafe 969.3 Juego de bingo

Epígrafe 969.4 Máquinas recreativas y azar

Epígrafe 969.6 Salones recreativos y de juego

Epígrafe 969.7 Otras máquinas automáticas

Todos los epígrafes del Grupo 478 Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos y del Grupo 479 Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos ni en puestos de venta ni en mercadillos.

No obstante, además habrá determinadas actividades que únicamente podrán participar con parte del género o servicios que tienen a la venta, como son:

o Todos los epígrafes del Grupo 655 Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados, en los que únicamente se admitirán gastos en productos de la tienda.

o Todos los epígrafes del Grupo 646 Comercio de tabacos y artículos de fumador, en los que únicamente se admitirán en productos de papelería.

o Epígrafe 652.1 Comercio al por menor de medicamentos y productos farmacéuticos, en los que únicamente se admitirán productos de parafarmacia.

DESARROLLO DE LA CAMPAÑA


• La inscripción de las empresas participantes se realizará desde la formalización y puesta en conocimiento del presente convenio y durante todo el programa, pudiendo las empresas adherirse en cualquier momento hasta el 20 de febrero del 2023 y, además, en cualquier momento podrán darse de baja.

• Las empresas participantes en el programa tendrán que inscribirse en la plataforma web creada al efecto, en un formulario previamente habilitado, en el que detallarán sus datos y autorizarán la consulta, por parte del Ayuntamiento de Aranjuez, comprobar que la empresa ejerce su actividad económica en el término de Aranjuez.

• El listado de empresas donde se podrán canjear los bonos se encontrará publicado en la misma web habilitada a tal efecto.

• Los bonos podrán ser descargados a través de la plataforma web habilitada a tal efecto. Con la compra de un bono de 30€ se proporcionará la cantidad añadida de 20€, sumando un total de 50€.

• Los consumidores y consumidoras, mayores de 18 años, podrán adquirir los bonos a través de la web habilitada al efecto cumplimentando un sencillo cuestionario. Así mismo, elegirán los bonos que deseen adquirir.

• Al finalizar el proceso el sistema generará el bono con los datos personales del interesado y un número de pedido o bono, así como el contenido legal de la Campaña, la fecha máxima para canjearlo que será el 28 de febrero de 2023. El consumidor podrá guardar en su dispositivo electrónico el bono generado o podrá imprimirlo.

• Como los bonos irán asociados a un DNI, cada establecimiento adherido a esta acción promocional deberá comprobarlo en el momento de la formalización de la compra. Por lo tanto, para que pueda ser aplicado un bono, el consumidor deberá mostrar el DNI antes del pago, así como el bono, bien sea en formato digital o impreso. Si la compra es menor del valor total del bono el establecimiento acordará con el comprador las condiciones que deseen siempre y cuando el importe total del bono debe ser canjeado en el mismo establecimiento, nunca en otro.

• Una vez adquirido el bono, los usuarios no podrán devolverlo. Podrán canjear el bono hasta el 28 de febrero del 2023. De no hacerlo en este tiempo, el bono perderá validez y ya no podrá utilizarse.

• Se realizará un sistema para la trazabilidad absoluta entre el bono, el comprador que lo ha utilizado y el establecimiento donde se ha canjeado.

• Se irá controlando los bonos que se vayan generando guardando una copia de cada uno de ellos, así como la información asociada al mismo.

• Cuando el consumidor canjee un bono en un establecimiento, en primer lugar, el establecimiento comprobará que todos los datos son correctos: DNI, Nombre y apellidos y número de pedido o bono y posteriormente deberá solicitar al consumidor que le firme el uso del mismo en la plantilla de control. El objetivo de estas acciones es evitar posibles usos fraudulentos de los bonos.

• La Asociación de Empresarios Comercio Centro de Aranjuez, realizará pagos periódicos de los bonos (aproximadamente cada 10 días laborales) mediante transferencia bancaria de aquellos bonos 20×30 y bonos sociales que se hayan vendido u ofrecido a través de la plataforma ImpulsAranjuez.es.